Venezuela, Aragua, 19 de junio de 2013

Tribunal Supremo de Justicia declara nueva sentencia a los afectados del sur de Maracay

27/06/2012 12:19:59, Publicada en Región

TSJ Ordena: La inmediata y eficaz ejecución de la sentencia No. 1632/11.08.06 y la No.1752/13.08.07

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ordenó la "inmediata y eficaz" ejecución de las sentencias que ordenaron indemnizar el valor de las casas de las urbanizaciones La Punta y Mata Redonda afectadas por la crecida del Lago de Valencia. La sentencia del máximo juzgado reiteró la orden que impartió al Ministerio del Ambiente, a través de la Autoridad Única de Área para la Cuenca del Lago de Valencia, para que actúe como coordinador de las dinámicas que deben llevarse a cabo durante la permanencia de los beneficiarios en el sitio hasta su total desalojo, con absoluta garantía de, al menos, las condiciones mínimas de calidad de vida de los habitantes de la zona afectada, salvo que se demuestre la recuperación del lugar. Los magistrados declararon que el censo realizado por la Dirección Nacional de Protección Civil es suficiente como base para los avalúos e indemnizaciones.

 

Destacó que los que aún no han sido favorecidos deben tener prioridad en las inscripciones realizadas en la Gran Misión Vivienda, mientras que se considerará válido el método indemnizatorio fijado por el Ministerio de Vivienda en los casos ya abordados. El TSJ recalcó que los inquilinos que serán indemnizados serán aquellos que para el 11 de agosto del 2006 eran arrendatarios en las urbanizaciones La Punta y Mata Redonda, cuando se declaró con lugar la demanda.

 

Reiteró que las indemnizaciones restantes, tanto de la etapa I como de las subsiguientes del cronograma de desalojos y pagos, se realizarán con apego al sistema de sustitución de vivienda conocido como "casa por casa", conforme a las políticas públicas que en materia habitacional adopte el Ejecutivo Nacional. La sentencia dejó sin validez y efecto los avalúos que se realizaron pero no se pagaron.

 

"El Ejecutivo Nacional para indemnizar a las personas restantes utilizará, como ya se dijo, la fórmula de indemnización mediante el modo casa por casa a los afectados que a la fecha de la presente sentencia no hayan sido indemnizados, ya sea por asignación de viviendas que se hayan construido por el Estado o se hubiesen adquirido en el mercado secundario, quedando a discreción del Ejecutivo Nacional, en caso de no escoger la modalidad anterior, indemnizar mediante un pago económico el valor del inmueble de conformidad con un nuevo avalúo que se deberá realizar de manera conjunta entre el Ministerio del Poder Popular del Ambiente, el Ministerio del Poder Popular de Vivienda y Hábitat, la Procuraduría General de la República y la Dirección Nacional de Protección Civil", señaló.

 

La Sala Constitucional ordenó incluir en el mismo sistema a las 21 familias que aún están pendientes de indemnización tras la emergencia que en el 2005 se presentó en las cercanías de la laguna Los Tacariguas. El TSJ exhortó a las partes involucradas a cumplir debidamente el dictamen e instó a los afectados y beneficiarios para que actúen conforme al principio de buena fe y, salvo que se trate de arreglos necesarios para mantener una adecuada calidad de vida, no realicen mejores a las viviendas sujetas a avalúos e indemnizaciones.

 

Para ver la sentencia completa ingrese al link: http://www.tsj.gov.ve/decisiones/scon/Junio/868-26612-2012-00-1362.html

 

 

Fuente. http://asmenlinea.blogspot.com/

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